Por Josué I. Hernández
Hablar de “iglesias locales en comunión” y de “iglesias locales fuera de la comunión”, es como hablar de iglesias participando y de iglesias que no participan, de iglesias asociadas y de iglesias no asociadas. En el Nuevo Testamento no aprendemos tal cosa.
Las iglesias del Señor, siendo autónomas, no tienen comunión orgánica entre sí, ni pueden expulsarse de la comunión las unas a las otras. La palabra de Cristo no enseña que las iglesias deban asociarse y participar en algún lazo de compañerismo (“no pensar más de lo que está escrito”, 1 Cor. 4:6).
¿Comunión en la obra?
Las iglesias de Cristo, siendo autónomas en su diseño, no podrían “tener en común” (gr. “koinos”) alguna cosa, por ejemplo, no podrían tener tesorería común. Sencillamente, su diseño les impide estar asociadas en algún compañerismo o participación (gr. “koinonia”), por ejemplo, reunirse juntas o ser compañeras en algún proyecto conjunto.
La propia naturaleza de la iglesia local, tal como es descrita en el Nuevo Testamento, restringe a la iglesia local de ser compañera, socia, o participante (gr. “koinonós”), con otras iglesias locales; por ejemplo, participar con otras en un proceso disciplinario, trabajar juntas en alguna acción a nivel regional o nacional, o asociarse para alcanzar alguna meta a nivel de hermandad.
La comunión es compañerismo o asociación al participar en alguna actividad conjunta. Pero, las iglesias de Cristo no están asociadas orgánicamente, ni son compañeras en el trabajo. El Señor no quiso relacionar a sus iglesias para algún trabajo conjunto, y debemos contentarnos con esto.
Comunión por necesidad
El único caso novotestamentario en que observamos comunión, o participación, entre iglesias, es cuando una iglesia envió de su tesorería a otra iglesia necesitada (“participar” = “koinonia”, 2 Cor. 8:4).
Entonces, una iglesia puede tener comunión con otra solamente en el sentido de dar y recibir cuando tal necesidad lo amerite (cf. Hech. 11:28-30; Rom. 15:25-28; 1 Cor. 16:1-4; 2 Cor. 8-9). Pero, no hay más permiso del Señor al respecto, y cada iglesia de Cristo debe contentarse con este arreglo divino.
¿Comunión doctrinal?
Algunos hermanos hablan de “iglesias en comunión doctrinal” para diferenciarse de aquellas que, según su criterio, no están en dicha comunión. Sin embargo, esto no es hablar “conforme a las palabras de Dios” (1 Ped. 4:11). El Nuevo Testamento deja a cada iglesia como responsable de sujetarse a la doctrina del Señor sin que necesite asociarse con otras en el proceso. Cada iglesia, por su autonomía, actúa como si fuese la única “columna y baluarte de la verdad” (1 Tim. 3:15) en el mundo.
Cuando “las siete iglesias de Asia” recibieron correspondencia de Cristo (Apoc. 2,3) no fueron tratadas como socias en la doctrina. Cada iglesia fue responsabilizada de la obediencia o la falta de ella, sin que fuesen consideradas en alguna “comunión doctrinal de las iglesias de Cristo”. Si hubiesen sido socias en la doctrina hubiesen compartido la responsabilidad, pero no lo hacían.
Cuando iglesias están más ocupadas en creer como las otras y actuar como las otras, no solo han rendido un aspecto de su autonomía, sino que están dejando de mirar a Cristo ante quien son responsables.
¿Comunión disciplinaria?
Ninguna iglesia puede imponer su criterio sobre otras, por ejemplo, al procurar centralizar la disciplina.
Si la “iglesia X” aplica 1 Corintios 5 y 2 Tesalonicenses 3:14 y se aparta de cierto hermano, esta acción disciplinaria no es una acción para la iglesia universal. Otros hermanos y congregaciones no están obligados a cortar automáticamente la comunión, en un caso que no entienden o del que carecen de la información necesaria. Otras iglesias e individuos tomarán su propio proceso de investigación, exhortación, etc. Obviamente, si un hermano está en pecado debe arrepentirse y la iglesia local debe aplicar 1 Corintios 5 y 2 Tesalonicenses 3:14; pero, debe aplicar estos textos luego de haber aplicado primeramente pasajes como Gálatas 6:1 y 1 Tesalonicenses 5:14.
No hay autoridad bíblica para obligar a todas las iglesias de Cristo de una región, de un país, o del mundo, a sujetarse a la acción de una iglesia local.
Conclusión
La iglesia local es autónoma, y no está sujeta al criterio, ideas, proyectos, y acciones, de otras iglesias. A su vez, es responsabilizada de obedecer a Cristo haciendo la obra que él le ha encomendado. Por lo tanto, la iglesia local está suficientemente ocupada en obedecer al Señor siendo “columna y baluarte de la verdad” tanto como pueda.